Participar en concursos de oposición abiertos será requisito para ser magistrado o juez en Edoméx

La 60 Legislatura mexiquense aprobó, de manera unánime, el dictamen que reforma a la Constitución Política, y la Ley Orgánica del Poder Judicial, ambas del Estado de México, cuyo fin es mejorar la administración de justicia en la entidad al disponer una serie de requisitos tendientes a fortalecer la profesionalización de sus integrantes y a abrirse a la participación de profesionales del derecho, aunque no sean servidores públicos de este Poder.

La iniciativa presentada por los diputados Violeta Nova Gómez y Alfredo González González, a nombre de morena, y dictaminada por las Comisiones Unidas de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Procuración y Administración de Justicia, considera que contribuye a la profesionalización del Poder Judicial el que, en el ingreso y promoción para las categorías que conforman la Carrera Judicial, se realicen cursos de capacitación e invariablemente concursos de oposición que serán abiertos.

Señala también que es necesario que la carrera judicial se integre también por los magistrados, pues es un cargo que exige gran conocimiento y un buen ejercicio en materia de administración de justicia.

El dictamen conformado por dos proyectos de decreto —uno correspondiente a la materia constitucional y otro a la legislación secundaria—, tienen por objeto “fortalecer la autonomía del Poder Judicial y eficientar la impartición de Justicia del Estado de México”, señaló la diputada Violeta Nova al presentarlo al Pleno, que en esta ocasión sesionó en el Centro Ceremonial Otomí.

El documento indica que la función jurisdiccional que entraña la impartición de justicia, por su delicadeza y trascendencia, debe ser ejercida por las y los mejores funcionarios del Poder Judicial y por quienes tengan méritos profesionales y académicos reconocidos.

En este sentido, las y los legisladores valoraron como indispensable contar con personas conocedoras del Derecho, con madurez de criterio, intuición de justicia y absoluta integridad.

En relación con las reformas y adiciones en la Constitución estatal, los legisladores consideraron importante establecer como requisito para ser magistrado del Tribunal Superior de Justicia el haber servido como juez de Primera Instancia y haber sido ratificado por el

Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México, o tener méritos profesionales y académicos reconocidos, así como haber aprobado un examen de admisión a un curso de capacitación para magistrado, y una vez aprobado éste, se tendrá derecho a presentar el concurso de oposición para tal designación.

La iniciativa detalla que los jueces de Primera Instancia durarán en su encargo seis años y podrán ser ratificados por el Consejo de la Judicatura al término de tal periodo, previa aprobación de exámenes de actualización, de acuerdo con los mecanismos y demás requisitos que señale la ley, y únicamente podrán ser suspendidos o destituidos en sus funciones conforme a la misma ley.

En cuanto a los jueces de Cuantía Menor, durarán en su encargo tres años y podrán ser ratificados por el Consejo de la Judicatura; al término de tal periodo, previa aprobación de exámenes de actualización de acuerdo con los mecanismos y demás requisitos que señale la ley.

Respecto a los jueces ejecutores de sentencias que duran en su encargo seis años, podrán ser ratificados en los mismos términos que los demás jueces.

El Consejo de la Judicatura del Estado de México, señala el dictamen, será integrado por dos magistrados del Pleno del Tribunal Superior de Justicia designados por éste; dos jueces de Primera Instancia designados por el propio Pleno del Tribunal, y un representante designado por la Legislatura del Estado.

En cuanto a las reformas, adiciones y derogaciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial, establecen que los magistrados del Tribunal Superior de Justicia y los jueces sean designados por el Consejo de la Judicatura del Estado de México, previa aprobación de un examen de admisión a un curso de capacitación y, aprobado éste, tendrán derecho a presentar el concurso de oposición, que será público y abierto.

También determina que el proceso de selección y nombramiento de los magistrados que recaiga en jueces de Primera Instancia que hayan sido ratificados por el Consejo de la Judicatura o en juristas con méritos profesionales y académicos reconocidos, se rija por los principios de legalidad, veracidad, acceso a la información, publicidad, igualdad, transparencia, objetividad, razonabilidad, mérito, idoneidad y capacidad.

De acuerdo con el dictamen, será facultad del Consejo de la Judicatura designar a los jueces y al personal de los juzgados, mediante cursos de capacitación y concursos de

oposición, y resolver las renuncias que presenten los magistrados, remitiéndolas para su aprobación a la Legislatura o la Diputación Permanente, así como las de los jueces y demás servidores públicos del Poder Judicial.

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