La Legislatura aprueba la ley de asociaciones público-privadas del Estado de México y municipios

Impulsar la economía, la competitividad, el desarrollo de infraestructura y la generación de empleos en la entidad, son propósitos de la Ley de Asociaciones Público Privadas del Estado de México y Municipios, aprobada por la 59 Legislatura a propuesta del titular del Ejecutivo estatal.

De acuerdo con el dictamen, al que dio lectura el diputado Aquiles Cortés López, esta ley, que también busca atraer inversión a la entidad, perfecciona y actualiza el marco jurídico relacionado con el esquema de proyectos para la prestación de servicios, por lo que abroga el Libro Décimo Sexto del Código Administrativo.

Precisa que los proyectos de asociaciones público-privadas son aquellos que se llevan a cabo para establecer una relación contractual de largo plazo entre el Poder Ejecutivo, sus organismos o los municipios (unidades contratantes) y el sector privado, para la prestación de servicios al sector público y en los que se podrá usar infraestructura proporcionada total o parcialmente por el sector privado con objetivos que fomenten el bienestar social.

Establece las normas para la planeación, programación, presupuestación, autorización, adjudicación, contratación, ejecución y control de los proyectos, los cuales deberán presentarse a la Legislatura para su aprobación con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes. Además, el Presupuesto de Egresos del gobierno estatal deberá considerar los pagos que cada unidad contratante hará por sus respectivos proyectos.

AVALAN REFORMAS QUE FORTALECEN EL DERECHO A LA PROPIEDAD

Por unanimidad, la Legislatura estatal aprobó reformas para que la sentencia del Juicio Sumario de Usucapión (procedimiento para regularizar la posesión de un inmueble) no requiera ser protocolizada ante un notario público, lo cual fortalece el derecho a la propiedad y evita la realización de trámites y gastos excesivos.

El dictamen, leído por el diputado Edwin Álvarez Moreno, reforma el primer párrafo y deroga el segundo del artículo 5.141 del Código Civil del Estado de México, con lo que se establece que la sentencia ejecutoria que declare procedente la acción de usucapión será considerada como título de propiedad y se inscribirá en el Instituto de la Función Registral del Estado de México, por lo cual no requiere de un trámite adicional, como lo es la protocolización ante fedatario público.

SILVIA ROSALES ZÁRATE, DESIGNADA CUARTA REGIDORA SUSTITUTA DE TULTEPEC

La Legislatura mexiquense designó a Silvia Rosales Zárate como cuarta regidora sustituta del ayuntamiento de Tultepec, para cubrir la vacante de la regidora propietaria María de Lourdes Nieto Sánchez —a su vez presidenta municipal sustituta, en ausencia del alcalde con licencia Armando Portugués Fuentes— y debido a que la regidora suplente, Yolanda Escobedo Sánchez, comunicó su negativa de ocupar el puesto.

La Legislatura designó a la regidora sustituta de entre una terna propuesta por el Ejecutivo estatal.

Durante esta sesión, también rindieron protesta como diputados locales Eduardo Alfredo Contreras y Fernández, como integrante del Grupo Parlamentario del PAN, y Marco Antonio Cruces Pineda, del PRD.

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