Aprobada la prisión preventiva para feminicidas

La Cámara de Diputados dictaminó que el feminicidio es un delito que amerita prisión preventiva oficiosa, pues aprobó por unanimidad un dictamen que reforma la fracción III del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La Comisión de Justicia refirió que, de acuerdo con datos de la ONU Mujeres, de 2007 a 2009 los asesinatos de mujeres en México se incrementaron en 68 por ciento y en algunos estados del país el crecimiento de este delito fue de 400 por ciento.

El órgano legislativo que dictaminó la iniciativa aseveró que la reforma al código penal contribuirá “a la solución de un problema al que se enfrentan miles de mujeres ante la situación de violencia de género en el país”.

La iniciativa, presentada por la diputada Claudia Edith Anaya Mota (PRI) el 10 de marzo de 2016, ahora se turnará al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.

En su exposición de motivos, la legisladora dijo que el feminicidio, por su alta trascendencia y nivel delictivo, “debe ser considerado como delito grave, en el que al no ordenarse prisión preventiva se pone en riesgo la legalidad del proceso y se estaría hablando de incompetencia por parte de los tribunales a cargo de dicha causa”.

Con la medida cautelar se evitará la evasión de la acción de la justicia y la obstaculización del desarrollo de la investigación, así como poner en riesgo a testigos y ofendidos, expresó la diputada.

En abril de 2012 se modificó el Código Penal Federal, para tipificar el delito de feminicidio, cuya reforma fue publicada el 14 de junio de ese mismo año en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: aristeguinoticas.com

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