A partir de esta semana, los elementos de la Guardia Nacional (GN) tienen la facultad oficial para aplicar infracciones y sanciones a los conductores que violen el Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal.
Tras un periodo en el que las funciones de supervisión vial habían quedado en pausa o limitadas debido a los procesos de transición institucional, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el decreto que devuelve y formaliza de manera total las capacidades de vialidad y tránsito a esta corporación en toda la red carretera del país.
Con esta resolución, el personal de la Guardia Nacional adscrito a la Dirección General de Seguridad en Carreteras e Instalaciones podrá realizar funciones de inspección, verificación y, en su caso, la imposición de multas económicas a vehículos particulares, de carga y de transporte público que no respeten los límites de velocidad, las señalizaciones o las condiciones físico-mecánicas requeridas para circular.
Lineamientos de operación
El documento técnico oficial establece que los agentes operativos deberán contar con el equipamiento tecnológico autorizado, como dispositivos de radar para la medición de velocidad y las terminales electrónicas necesarias para la expedición de las boletas de infracción de forma digital.
De igual manera, se especificó que todos los procedimientos deberán ser transparentes para evitar actos de corrupción en las vías federales. Los conductores que reciban una sanción contarán con los plazos legales establecidos en la normativa federal para realizar el pago con los descuentos correspondientes o, en su defecto, interponer los recursos de impugnación que consideren pertinentes ante las instancias administrativas.
El objetivo central de reactivar de manera plena estas facultades es disminuir los índices de siniestralidad en las carreteras federales, los cuales han mostrado un incremento en los últimos meses, y garantizar un flujo vehicular más seguro y ordenado para todos los usuarios.
Con información de: Proceso
