Pese a la emergencia sanitaria, decretada ayer por el Gobierno Federal, a causa del COVID-19, no habrá prórroga del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para realizar la declaración de impuestos.
Justo este martes 31 de marzo, finaliza la temporada para el ejercicio anual para las empresas, correspondiente al 2019. El miércoles 1 de abril comienza el periodo para las personas físicas.
¿Qué es la declaración anual de impuestos?
Es la única forma de reportarle al SAT los ingresos y egresos que se generaron durante el año, para así poder contribuir con el pago de impuestos.
El proceso para realizarlo es diferente de acuerdo al tipo de contribuyente y régimen en el que se está dado de alta. Para personas físicas, está permitido hacer el trámite por internet o en alguna oficina administrativa. Mientras que para las personas morales, es obligatorio presentarlo en la plataforma en línea.
En caso de que no se realice este trámite el SAT puede hacerte acreedor de una multa por no presentar tu declaración anual o por cometer errores en ella.
Si tienes dudas o no tienes un asesor, puedes consultar la página de Internet de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Predecon), sólo dale clic aquí.
Con información de : heraldodemexico.com.mx