En el Archivo Histórico del Poder Judicial del Estado de México se preserva una joya documental, el expediente de la solicitud para recibirse de Abogado de uno de los personajes más emblemáticos de esta entidad, Andrés Molina Enríquez, documento que data de 1901.
Molina Enríquez fue antropólogo, historiador, jurista, politólogo y sociólogo, ideólogo del agrarismo, precursor de la Revolución Mexicana y autor de importantes estudios sobre la realidad nacional. Nació en Jilotepec el 30 de noviembre de 1868. Hijo del notario Anastacio Molina y Francisca Enríquez de la Cabrera.
Entre los capítulos más relevantes de su vida destacan: el 25 de agosto de 1911 se lanzó a la lucha armada proclamando el Plan de Texcoco, manifiesto en contra del latifundio y a favor del reparto de tierras; fue aprehendido y pasó dos años en la cárcel. Además, en 1915 fue invitado por el presidente Venustiano Carranza a integrar la Comisión Nacional Agraria, en la cual promovió el proyecto del Artículo 27 constitucional, que establecía el ejido y la propiedad social de la tierra.
Fue alumno y maestro del Instituto Científico y Literario de la entidad. En 1885, en la ciudad de México estudió la carrera de escribano público en la Universidad Nacional, con ese título, decidió estudiar la de abogado, licenciatura que interrumpió debido a la súbita muerte de su padre, por lo cual tuvo que regresar a Jilotepec para hacerse cargo de la Notaría.
Después de realizar las formalidades correspondientes, el 13 de agosto de 1901, Andrés Molina Enríquez, presentó su solicitud para examinarse de abogado, documento que resguarda el Archivo Histórico del Poder Judicial del Estado de México.
De acuerdo con la “Revista de Investigaciones Jurídicas”, desde la independencia, la práctica de presentar un examen escrito como requisito para graduarse como abogado quedó en manos de los tribunales locales y así continuó, sin cambios durante años.
En el Estado de México, hacia finales del siglo, los exámenes aumentaron de uno a tres, pero del único que se tiene evidencia documental es del que presentaba en el tribunal; los otros dos se realizaban de forma oral ante los sinodales designados ex profeso y de lo que allí se discutía no quedaba ningún registro, sólo se levantaba un acta en la que se señalaba que se había cumplido con las formalidades establecidas por el Reglamento Interno del Instituto Científico y Literario, así como el número de votos que obtenía el aspirante.