Con la participación de colectivos de familiares de víctimas de desaparición, representantes de dependencias públicas, organizaciones internacionales y asociaciones, la diputada Karina Labastida Sotelo concluyó el análisis del articulado de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares para el Estado de México, cuyo análisis, indicó, iniciará en las comisiones legislativas el próximo miércoles, para que sea aprobada por el Pleno en el actual periodo de sesiones, que concluye el 18 de diciembre.
En esta reunión, en la que Karina Labastida, presidenta de la Comisión Especial Para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género Contra las Mujeres por Feminicidio y Desaparición de la 60 Legislatura estuvo acompañada por los diputados Mónica Angélica Álvarez Jemer y Juan Pablo Villagómez, se aprobó que la nueva ley incluya la creación del Fondo Estatal de Desaparición, la integración del Consejo Estatal Ciudadano y la obligación de los municipios de crear sus respectivas células de búsqueda.
La propuesta de ley fue ingresada por la legisladora el pasado 21 de marzo; para enriquecerla se llevaron a cabo reuniones el 14 de mayo, el 15 y 20 de noviembre, el 2 y el 9 de diciembre. En esta última, la diputada agradeció la colaboración y las aportaciones de los asistentes para el análisis y conformación del nuevo ordenamiento. A los colectivos les manifestó que «esta ley no sería una realidad sin ustedes», y ellos, por su parte, reconocieron su disposición y voluntad para llevar este ejercicio democrático y plural.
Por petición de la legisladora, el coordinador Jurídico y de Igualdad de Género de la Secretaría de Finanzas, David Rodrigo Arellano Zubieta, presentó la propuesta de la dependencia para la implementación del Fondo, en la que se establece que tendrá el propósito de que la Comisión de Búsqueda de Personas cuente con recursos de manera inmediata y urgente para adquirir las herramientas y el equipo necesario para llevar a cabo sus acciones de búsqueda.
Señaló que el Fondo se integrará con los recursos previstos en el Presupuesto de Egresos del estado, los que destine la federación, las donaciones de personas físicas o jurídicas colectivas y los rendimientos que generen estos recursos.
Los asistentes avalaron que el Consejo Estatal Ciudadano, órgano de consulta de la Comisión de Búsqueda de Personas, se integre por ocho familiares de personas desaparecidas, uno por cada una de las regiones del estado: Centro, Oeste, Noroeste, Norte, Este, Sureste, Noreste y Nornordeste. Esta clasificación se realizó de acuerdo con el porcentaje de personas desaparecidas y los criterios de vulnerabilidad e incidencia. También integrarán el Consejo dos especialistas reconocidos y tres representantes de organizaciones de la sociedad civil.
Los participantes en la reunión aprobaron incluir el término ‘víctimas indirectas’ en todo el marco normativo, en apego a las leyes general y estatal de víctimas; además discutieron las atribuciones de la Fiscalía Especializada para la Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Desaparición Forzada, para evitar caer en actos inconstitucionales o que se dupliquen las funciones establecidas en la ley general en materia de desaparición.
Respecto a las células de búsqueda, coincidieron en la necesidad de establecer la obligatoriedad de los municipios de conformarlas, así como de coordinarse y colaborar con las autoridades integrantes del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, del Mecanismo Estatal de Coordinación en Materia de Investigación y Búsqueda de Personas y con servidores públicos federales y estatales.
Detallaron que el Mecanismo estatal tendrá 60 días naturales contados a partir de la publicación del Protocolo Homologado de Búsqueda para emitir los lineamientos para la integración y funcionamiento de esas células de búsqueda. En tanto, éstas continuarán siendo coordinadas por la Fiscalía estatal sin prejuicio de que la Comisión Estatal de Búsqueda les solicite acciones directas de búsqueda.
Acordaron también que el Mecanismo será el encargado de emitir los lineamientos para la conformación y funcionamiento de las células de búsqueda, así como de supervisar la coordinación de todas las autoridades involucradas en la búsqueda de personas desaparecidas.