La fase I de Contingencia Ambiental por ozono y sus medidas restrictivas se mantienen, por lo que este miércoles habrá de nueva cuenta doble Hoy No Circula, informó la Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe).
En su informe de las 15:00 horas, la CAMe dio a conocer que ha persistido la influencia de un sistema de alta presión que genera condiciones de estabilidad atmosférica fuerte, cielo despejado, radiación solar intensa y temperatura alrededor de los 30 grados, lo que propició la formación de ozono.
Este escenario arrojó concentraciones de 175 ppb en la estación Tlalnepantla (TLA), 163 ppb en Cuautitlán (CUT), 162 ppb en el Centro de Ciencias de la Atmósfera (CCA) y 157 ppb en las estaciones de Pedregal y Gustavo A Madero, (PED y GAM), ubicadas en la Zona Metropolitana del Valle de México. Dichas concentraciones, superan el umbral para la activación de contingencias.
Por ello, este miércoles 15 de mayo, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9
- Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
- Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON
- Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
- Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de ircular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Con información de: proceso.com.mx