Las uniones igualitarias en Chiapas ya son un hecho, por lo que quienes deseen contraer matrimonio podrán hacerlo sin necesidad de tramitar un amparo, pues, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó, por mayoría de votos, dos artículos del Código Civil de la entidad que definían al matrimonio como exclusivo entre un hombre y una mujer.
De esta forma Chiapas se suma a los estados de Jalisco y Colima en los que por determinación de la Corte se echan abajo las legislaciones que limitaban el matrimonio y concubinato excluyendo a las parejas del mismo sexo, esto por considerar que atentan contra los derechos plasmados en la Constitución.
A propuesta de la ministra Margarita Luna Ramos, los ministros invalidaron el artículo 144 del Código Civil chiapaneco, porque consideraba como objetivo del matrimonio la perpetuación de la especie, así como el 145 por considerar al matrimonio exclusivo entre hombres y mujeres.
Anteriormente, la Primera Sala de la SCJN se ha pronunciado contra diversos códigos civiles por limitar el matrimonio a sólo parejas heterosexuales, pero esos casos han sido amparos presentados por particulares que no anulan las leyes impugnadas y sólo benefician a aquellos que promovieron los juicios de amparo.
Con información de : excelsior.com.mx