Expedir la Ley para Otorgar Concesiones del Estado de México y Municipios, a fin de evitar la corrupción en los procedimientos de licitación y en la adjudicación de concesiones, es el objetivo de la iniciativa presentada por el diputado Raymundo Garza Vilchis, la cual forma parte de las leyes secundarias que darán forma al Sistema Estatal y Municipal Anticorrupción.
El documento, remitido a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Comunicaciones y Transportes, establece que el otorgamiento de las concesiones se dará a quienes aseguren al Estado o al municipio las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento y oportunidad, además de que establece la obligación de publicar los documentos relevantes sobre los procedimientos.
También, el deber de los servidores públicos para dar las razones legales, técnicas y económicas que sustenten sus determinaciones, controles ciudadanos para la autoridad en los procedimientos de licitación, es decir testigos sociales, aunado a que cualquier persona podrá asistir en calidad de observador.
Plantea, además, la creación de los comités de concesiones como órganos colegiados que auxiliarán en la substanciación de los procedimientos para el otorgamiento de las concesiones, cuya integración será plural y se robustecerá con invitados, que pueden ser académicos, científicos, especialistas y asesores externos o cualquier otro experto en el tema.
La iniciativa señala tres tipos de procedimientos para el otorgamiento de concesiones: licitación pública abierta, licitación restringida y adjudicación directa. Estas últimas prevén candados para que sea la licitación pública abierta el instrumento de aplicación regular para el otorgamiento de concesiones. Dichos procedimientos estarán sujetos al principio de máxima publicidad para evitar actos de corrupción.
También propone que los servidores públicos encargados de sustanciar los procedimientos de licitación y adjudicación directa presenten una declaración de integridad, además de incorporar la facultad de la Secretaría de la Contraloría o de los órganos de control para verificar y validar las declaraciones patrimonial, fiscal, de intereses y de integridad de los servidores públicos que participen en licitaciones, al menos, anualmente.