Paran trabajos del tren interurbano

El Juzgado décimo segundo de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, otorgó una suspensión definitiva a las obras del tren México- Toluca en San Lorenzo Acopilco, delegación Cuajimalpa, por afectar polígonos indígenas, pues las personas no fueron consultadas conforme a la ley sobre las obras que se realizaban; con lo cual las autoridades violaron sus derechos.

El gobernador indígena, Hipólito Arriaga, explicó que no buscan detener el progreso, ni están en contra de las obras; tampoco quieren enfrentamientos, ni afectar el crecimiento del país; sin embargo promovieron un amparo porque había molestia entre las comunidades, ya que no se respetaron los derechos, ni fueron tomados en cuenta sobre la obra, pero están dispuestos a dialogar.

El amparo indirecto 1589/2015 , explicó, lo promovieron el propio gobernador indígena, autoridades comunales y representantes de la comunidad el año pasado porque es un polígono indígena, lo cual demostraron con una escritura real que ampara las tierras para pedir la suspensión por afectar a las comunidades, ya que no fueron consultadas conforme a la ley y se amparan cuatro kilómetros y medio de territorio donde viven comuneros e indígenas en los que se pretende construir el biotúnel de ese tren.

Aun cuando en primera instancia les negaron la suspensión, interpusieron un recurso de queja, el asunto se fue a un órgano colegiado, con el argumento de que debían consultar a los pueblos porque con las obras afectan su cosmología, su hábitat y actividades; mientras las autoridades argumentaban que la obra generaba beneficios colectivos y no se podía suspender; sin embargo el tribunal declaró procedente la suspensión definitiva para no generar un daño mayor a la parte quejosa.

«Este tribunal colegiado tomando en consideración los elementos de peligro en la demora, apariencia del buen derecho, el interés social y el orden público, los cuales son analizados de manera simultánea, pero sobre todo tomando en consideración que los actos reclamados pueden tener como consecuencia la privación total o parcial a la quejosa de la propiedad, posesión o disfrute en forma temporal o definitiva de sus derechos agrarios, determina que sí es procedente el otorgamiento de la suspensión definitiva para los efectos solicitados», señala el documento.

De acuerdo con la autoridad judicial, la parte afectada expuso que el acto reclamado era inconstitucional porque les afectaron sus tierras y su derecho de consulta; por lo cual, el juez valoró que según la carta magna los pueblos y comunidades indígenas deben ser protegidos en sus propiedades y posesiones; y si las obras buscan privarlos de esos derechos, la suspensión se debe otorgar. También subraya que la consulta es una prerrogativa de esas comunidades.

A los afectados, dijo el gobernador indígena, les interesa dialogar con las autoridades y establecer una comisión de la zona para vigilar que se cumpla el acuerdo al que puedan llegar.

De hecho, ya están en pláticas con la SCT con la mejor disposición de llegar a un acuerdo y la posibilidad de desistirse del juicio de garantías, siempre y cuando las autoridades se comprometan a lograr mejoras en sus territorios, pero con la exigencia de que protejan el medio ambiente y el hábitat, por lo cual han solicitado los planes de manejo de la obra para que no se afecten mantos acuíferos, no haya tala inmoderada, ni se usen explosivos en la zona.

Admitió que los gobiernos han volteado a verlos y los quieren atender, pues la SCT ya los buscó para dialogar, y aclaró que no les interesa caer en enfrentamientos, ni hacer paros en carreteras, sino que respeten a las comunidades indígenas y lo que buscan es llegar al diálogo, que el país crezca, les sigan respetando sus derechos y haya beneficios para esos pueblos con obras o acciones que la comunidad decida con beneficios colectivos.

FUENTE: oem.com.mx

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