El artículo 26 de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal establece cuáles son las multas contra el entorno urbano de la Ciudad de México.
La fracción XI, que le mencionaron a Jiménez, dice que es infracción ingresar a zonas señaladas como de acceso restringido en los lugares o inmuebles destinados a servicios públicos, sin la autorización correspondiente o fuera de los horarios establecidos.
La sanción es de una multa por el equivalente de 21 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México (71.68 pesos) o con arresto de 25 a 36 horas. Esto quiere decir que, de acuerdo a esta ley, la multa puede oscilar entre mil 526 y dos mil 150 pesos.
Desde los 70, el Metro de la Ciudad de México ha asignado vagones exclusivos para mujeres como una medida de seguridad. A lo largo de los años se han hecho cambios a las reglas relacionadas a esta iniciativa. Los más recientes sucedieron este año.
El problema es que muy pocos usuarios los conocen.
A partir de 2016, los tres primeros vagones de los trenes son exclusivos de mujeres de lunes a domingo de 05:00 a 00:00 horas.
Con información de siempre889.mx