Todos los vehículos que circulan en la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, tendrán que someterse a tres nuevos métodos de prueba para determinar la frecuencia con la que podrán circular, esto, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-167-SEMARNAT-2016, dada a conocer este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La nueva Norma entrará en vigor el primero de julio de este año y tendrá una vigencia de seis meses.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) explicó que con esta nueva Norma se establecen niveles y límites máximos de emisión de contaminantes de vehículos más estrictos, y las medidas se aplicarán no sólo para unidades de uso particular sino para aquellos que prestan cualquier tipo de servicio público o privado regulado por leyes de autotransporte federales o estatales.
Cabe destacar que los vehículos automotores nuevos, año modelo 2016 y posteriores, cuyo peso bruto vehicular sea mayor a 400 kilogramos y hasta 3,857 kilogramos, y que utilicen gas natural o gasolina como combustible, podrán quedar exentos de verificación obligatoria hasta por un periodo de cuatro años a partir de su adquisición.
Se excluyen de esta regla los vehículos que presten cualquier tipo de servicio público, federal o local, así como cualquier tipo de servicio privado regulado por las leyes federales o locales en materia de autotransporte.
Los nuevos métodos de verificación vehicular incluyen una prueba dinámica, una estática y de opacidad.
La prueba dinámica aplicará para los vehículos automotores en circulación, año modelo 2005 y anterior, cuyo peso bruto vehicular sea mayor a 400 kilogramos y hasta 3,857 kilogramos, que usen un combustible diferente a diesel; y que hayan sido identificados por su fabricante como operable en el dinamómetro.
La prueba estática aplicará para los autos n circulación de años modelo anterior a 2006 y que hayan sido identificados por su fabricante como inoperables en el dinamómetro.
Mientras que la prueba para opacidad aplicará para los vehículos automotores que utilicen diesel, sin importar su año modelo o peso bruto vehicular.
La Semarnat mencionó que en el caso de los vehículos modelo 2006 y posterior, cuentan con sistemas de diagnóstico a bordo, conocidos como OBDII y EOBD (por sus siglas en inglés) o similares. Estos sistemas permitirán identificar y mantener un registro de las fallas de operación de todos los componentes del tren motriz relacionados con la emisión de gases contaminantes.
El nuevo sistema de verificación vehicular estará enlazado funcionalmente a una Plataforma Tecnológica, que operará empleando un programa computacional desarrollado y controlado por los responsables de los Programas de Verificación Vehicular Obligatoria (PVVO), el cual deberá ser instalado en los Centros de Verificación o Unidades de Verificación Vehicular autorizados por la Semarnat.
La Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala, deberán cumplir con la nueva norma porque comparten población, parque vehicular y actividades económicas que, entre otras consecuencias, ha propiciado la circulación continua y constante de unidades móviles que aportan emisiones que deterioran la calidad del aire y afectan a la población, dijo la Semarnat.