La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró dos predios forestales por la remoción de suelo y cubierta vegetal en el Área Natural Protegida (ANP) de Valle de Bravo, Estado de México, sin contar con la autorización para realizar obras y actividades dentro de un Área Natural Protegida, y por realizar cambio de uso de suelo sin contar con la autorización correspondiente.
Derivado de operativos de Inspección y Vigilancia realizados por los inspectores de la Subdelegación Región Valle de Bravo de la PROFEPA, fueron detectados estos predios con irregularidades de acuerdo a las Leyes Ambientales.
En la primera acción se encontró afectación por actividades de remoción y emparejamiento de suelo, así como de remoción de la cubierta vegetal con una superficie afectada aproximada de 3,000m2.
En el segundo predio fueron detectadas actividades de terraceo y remoción de suelo y cubierta vegetal de un tipo de suelo forestal andosol con material rocoso, con una superficie afectada de 400m2.
Por lo anterior, se impuso Clausura Total Temporal a las actividades realizadas en ambos terrenos, ya que no contaban con la autorización correspondiente otorgada por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para Cambio de Uso de Suelo dentro de ANP.
El Municipio de Valle de Bravo y terrenos aledaños se encuentran decretados como ANP bajo la categoría “Área de Protección de Recursos Naturales Zona Protectora Forestal los terrenos constitutivos de las cuencas de los ríos Valle de Bravo, Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec”, mejor conocida como “APRN de Valle de Bravo”.
Cabe señalar que la ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en su artículo 28 fracciones VII y XI, establecen los casos en los que se deben obtener las autorizaciones previas al inicio de cualquier actividad, siendo el presente caso el consistente en realizar obras y actividades dentro de un Área Natural Protegida y en suelo forestal